viernes, 13 de diciembre de 2024

Historia, Verdad y Justicia “los muertos vivos”-19

Mega Causa Zona 5 – Gustavo Monforte, el soldado falaz

“El que dice una mentira no sabe qué tarea ha asumido, porque estará obligado a inventar veinte más para sostener la certeza de esta primera” - Alexander Pope (1688-1744)


    ¡¡¡TODO POR ELLA!!!

- En la audiencia del día 05/12/2024, en el marco de la Mega Causa Zona 5, que se lleva a cabo en la ciudad de Bahía Blanca, uno de sus imputados sobreviviente (murieron 4), el Capitán del Ejército Argentino Ernesto Emilio Ramón Etchart, alojado en la Unidad Penitenciaria Federal 34, sita en Campo de Mayo, formuló una contundente denuncia por “Falso Testimonio Doblemente Agravado”, en la que imputa al ex soldado Gustavo Florencio Monforte, quien entre los años 1976/77 hizo el Servicio Militar Obligatorio en el Batallón de Comunicaciones 181, sito en la ciudad sureña precedentemente mencionada.

- Su acusación (1), consta de 90 fojas en las que, con gran cantidad de documentación y rigurosos detalles, demuestran nada menos que 23 falacias de Monforte en ocasión de prestar declaración como testigo de la fiscalía a cargo del militante e iracundo Dr. Miguel Ángel Palazzani.
Las actuaciones fueron giradas para su instrucción al juzgado penal de turno, comenzando ahora una lucha similar a la de “David contra Goliat” para obtener justicia.

- No es que Monforte, sea el gigante de la historia bíblica, él solo es un simple engranaje, utilizado por las organizaciones radicalizadas que llevan adelante estos juicios que se rigen por “la política de estado”, equivalente “al enemigo ni justicia”.
A lo largo de este juicio que comenzó el 17 de febrero de 2022, esta seria la tercera denuncia por testimonios falaces de testigos de la fiscalía. Las dos primeras las formuló patrocinado por el abogado Dr Gonzalo Miño en septiembre de 2022 contra Eduardo Guillermo Quartucci y Carlos Alberto Paschetta.

- Sabiendo de las dificultades, que nos plantean para poder avanzar en estos casos, y menos ahora que no estamos en la agenda del presidente Javier Milei (según sus propias palabras), solo me queda hacerle llegar al denunciante mis mejores buenos deseos, deseándole mucha suerte, en la dificilísima tarea emprendida.

Referencias:
(1) DENUNCIO FALSO TESTIMONIO DOBLEMENTE AGRAVADO - SOLICITO ADMISIÓN COMO QUERELLANTE

Señor Presidente del Tribunal Oral Criminal de Bahía Blanca, Ernesto Pedro Francisco Sebastián, en relación con el Expediente Nro. 15000005/2007 caratulado: Principal en Tribunal Oral TO01 – IMPUTADO: AYALA, FELIPE (FALLECIDO) Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL LIBERTAD PERS.(ART.142 BIS INC.5), TORTURA, HOMICIDIO AGRAVADO P/EL CONC. DE DOS O MÁS PERSONAS y ASOCIACIÓN ILÍCITA QUERELLANTE: ASAMBLEA PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS Y OTROS en trámite en el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, actualmente en debate oral, etapa Alegatos de las Querellas, quien suscribe, ERNESTO EMILIO RAMÓN ETCHART, (DNI Nº11.800.341), desde mi lugar de detención y actual domicilio real en el Instituto Penal Federal de Campo de Mayo (U34) dependiente de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, sito en el Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires, me presento por derecho propio y amparado por instituto “in pauperis formae”, sin renunciar al patrocinio legal del Doctor Mauricio Daniel Gutiérrez, Matrícula CPACF T 10 F 474, usuario 20102036051, en mi carácter de imputado en los autos referenciados, a V:S: respetuosamente me presento y digo:

OBJETO

En primer lugar, solicito a V.E. ordene traslado de la presente denuncia criminal a la defensa técnica que me patrocina, para que avale y fundamente la presente si corresponde aún más, sujetando esta denuncia a derecho para el supuesto caso de tener que suplir carencias de forma y fondo que pudiera padecer esta presentación, tutelada por el instituto doctrinal de “In pauperis formae” y para que canalice e impulse la misma.

En segundo lugar, de conformidad con el artículo 275 del Código Penal de la Nación, vengo a formular denuncia penal contra el Señor Gustavo Florencio MONFORTE, titular del Documento Nacional de Identidad Nº11.620.045 y promover acción penal, por la comisión de Falso Testimonio de la mencionada persona, doblemente agravado por haber sido cometido en un juicio criminal y porque por sus dichos, hay personas privadas de libertad y condenadas.

HECHOS

Durante el desarrollo del debate oral que se realiza en el Tribunal Oral Criminal Federal de Bahía Blanca, el Señor Gustavo Florencio Monforte efectuó declaraciones y se reprodujeron declaraciones anteriores, que resultan ser alejadas de la verdad. Por sus dichos, el suscrito está detenido desde hace 2 años y 6 meses a la fecha. El Ministerio Público Fiscal de dicho Tribunal, en sus alegatos, solicitó una condena para mi persona, de 20 años de cárcel de cumplimiento efectivo. A partir de las declaraciones del Sr. Monforte me encuentro privado de mi libertad hace un largo tiempo, incluyendo a otros imputados que se han visto perjudicados por sus dichos y llevan muchos años más de detención que quien suscribe y en algunos casos, cumpliendo o superando la década.

En otras palabras, la gravedad de sus mentiras radica en que por causa de estas declaraciones mendaces, varias personas además de mi persona, han perdido su libertad ambulatoria y se encuentran encarcelados en la U34 o cumpliendo aprisionamiento en la modalidad de arresto domiciliario, así como otras han sido condenadas.

En términos generales y a partir de las declaraciones del ex soldado Gustavo Florencio Monforte acerca de su paso por el Batallón de Comunicaciones 181 durante el periodo que duró su Servicio Militar Obligatorio, entre los años 1976 y 1977, se acreditan en esta denuncia varias falsedades, las que son incongruentes e inconsistentes con la realidad de la época y de la vida militar, no solo en lo doctrinario, sino también en lo material de las estructuras y dotaciones existentes en aquella época, algunas que aún persisten, sobre las cuales habré de explayarme y solicitar medidas periciales para acreditar la falsedad de sus dichos, habida cuenta que son pruebas vivas que aún existen y pueden ser extraídas.

Expondré, en primer lugar, aquellas que pueden ser consideradas de naturaleza general, para así ilustrar la falsedad en sus declaraciones. Luego, aquellas que han servido de insumo para considerarme responsable de hechos delictivos que no cometí, sin dejar de reiterar que por sus dichos 9 personas que revistaron en el Batallón de Comunicaciones 181 en los años 1976 y 1977, están privadas de la libertad o han sido condenadas al día de la fecha.

Antes de entrar en detalle, deseo remarcar que él mismo declaró que al momento de los hechos era un “chico ingenuo de 20 años, de un pueblo”. Se aprecia, al momento de declarar, cierto alejamiento de dicha ingenuidad, incorporando un ánimo incriminatorio y transformándose, como acreditaremos, en un ferviente acusador de uniformados en las causas de lesa humanidad que tienen lugar en la jurisdicción de Bahía Blanca. Lo anterior puede referenciarse en la hora 5, minuto 17 con 50 segundos, de la reproducción audiovisual que se incluye.

* Visite las fuentes para mayores detalles de la Mega Causa Zona 5. Bahía Blanca/Audiencia Nº20

Fuentes:
- Comisario Mayor PPBA (R)Claudio Kussman
-PrisioneroEnArgentina.com

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