viernes, 28 de octubre de 2022

Algo mas sobre “lesa humanidad” - “Verdad y justicia o ideología y venganza”

El respeto de la garantía del debido proceso y la igualdad ante la ley no pueden ser reemplazados por una especie de derecho penal paralelo para el enemigo

Una Justicia inexplicablemente desbalanceada (Foto: Shutterstock – fuente: lanacion.com.ar)

En reiteradas oportunidades, hemos denunciado desde muchos espacios la violación sistemática de los derechos y garantías que nuestra Constitución consagra cuando se trata de acusados involucrados en causas de “lesa humanidad”.
Creada recién en 1998 por el Estatuto de Roma, entre nosotros esta categoría se reservó exclusivamente para integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y para agentes estatales por su accionar a partir de marzo de 1976, fecha del último golpe militar.

Sin fundamento jurídico alguno y contrariando la jurisprudencia internacional que aplica a toda persona responsable de ataques generalizados a civiles no combatientes, no se encuadran localmente en esa condición los delitos cometidos por organizaciones terroristas.

Distintas instituciones llevan años reclamando infructuosamente a los sucesivos gobiernos argentinos la resolución de delicadas cuestiones derivadas que ya se han cobrado más de 700 vidas y que claramente conducen a considerar que estamos ante presos políticos perseguidos ideológicamente por venganza y odio.

Largos años de relato kirchnerista han servido para alejar a gran parte de la sociedad de la verdad e incluso el cine ha sumado últimamente cierta manipulación de la historia con ribetes hollywoodenses, que termina siendo funcional al poder de turno. Se han sembrado el odio y el revanchismo también en estos terrenos, instalando en las jóvenes generaciones miradas falsas y distorsionadas sobre lo ocurrido en los dolorosos años 70. Como también hemos reiterado, más allá de que hubo hechos que merecieron reproche y castigo, la ideología imperante fue;
- por un lado, utilizada desde la política para captar apoyos y sembrar fragmentación en términos de Laclau;
- por el otro, fue convenientemente puesta al servicio del pingüe negocio de las varias veces millonarias indemnizaciones, una perversa maquinaria que jaqueó, y aún jaquea como noticias recientes confirman, las exhaustas arcas del Estado.

En ámbitos judiciales, la parcialidad y sumisión al poder político de numerosos magistrados de vínculos públicos y notorios con organizaciones que intervinieron como querellantes condujo a amañados procesos. Además, de insistir en la aplicación retroactiva de la figura delictiva invocada, violando lo dispuesto por la Constitución Nacional, se construyeron causas faltando en muchos casos a la verdad, abrevando en testimonios falsos, asignando responsabilidades colectivas y no personales, y demorando también los tiempos para prolongar, con plazos largamente excedidos, las vergonzosas prisiones preventivas de quienes aguardan sus eventuales condenas a cuarenta años de los hechos.

 
Pedidos de juicio político y denuncias contra los magistrados probos, intimándolos a abandonar el principio rector de imparcialidad, por parte de organizaciones autodenominadas “defensoras de los derechos humanos”, que también se vieron enriquecidas en tiempos de kirchnerismo, lideran la embestida que envilece a toda una sociedad.

Sin respuesta del Estado argentino, o peor aún, con intromisiones y expresiones públicas sobre fallos por parte de funcionarios del PEN (muchos de los cuales fueron protagonistas de aquel doloroso pasado), el arduo camino del reclamo ante organismos internacionales permitió darle visibilidad a tanta injusticia. Cabe distinguir entre la protección internacional en materia de derechos humanos que no ha de confundirse con la justicia penal que se aplica en tribunales internos, ambas absolutamente necesarias.

                                   (Foto: redlad.org)
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos atendió ya en 2018 los testimonios de la Asociación por la Justicia y la Concordia y Puentes para la Legalidad, defensoras de los detenidos. El organismo consideró la violación de los derechos humanos de los detenidos mayores de 65 años y los rechazos a las prisiones domiciliarias para ancianos y enfermos, así como las denegatorias de excarcelaciones y prisiones preventivas largamente excedidas en plazos.
Las escandalosas desmesuras en relación con numerosos casos que se pretende tan forzosa como falsamente encuadrar dentro de los llamados delitos de "lesa humanidad", desconociendo también el derecho de todo ciudadano a ser juzgado o fijados sus derechos en un plazo razonable, colocan al país en riesgo de recibir una condena por parte de tribunales internacionales que afecte la responsabilidad patrimonial del Estado.


Bregando sin descanso por el respeto al Estado de Derecho y la seguridad jurídica, Justicia y Concordia ha solicitado sumarse como "amicus curiae" en la primera de las causas contra el doctor Jaime Smart.

Doctor Jaime Smart, este civil, acusado por hechos acaecidos en dependencias bajo la órbita de la policía bonaerense mientras se desempeñaba como ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, fue condenado a prisión perpetua en 2012 con el argumento de haber puesto a disposición de esa fuerza recursos y personal utilizados por determinados efectivos para secuestros, tormentos y homicidios. Todo esto aun cuando no existe ningún comportamiento que permita relacionarlo y cuando, desde 1975, una ley había puesto a la fuerza a disposición de las autoridades federales en lo relativo a la lucha contra el terrorismo. Por lo demás, la condena plantea el absurdo de que se lo penalice por el cumplimiento de sus indelegables obligaciones, inventando una participación criminal y desconociendo que los delitos de lesa humanidad deben ser probados. Ni el conocimiento ni la voluntad de Smart de haber colaborado en los hechos de los que se lo acusa pudieron jamás probarse (Fuente: lanacion.com.ar - foto: diariohoy.net)

Los tratados internacionales que otorgan mayor garantía a los derechos humanos consagrados por la Constitución no hacen distingos respecto de personas ni delitos para asegurar su amparo, pero sí lo hace la Justicia argentina. No puede haber un derecho paralelo, una especie de derecho penal del enemigo que no respete las formas procesales ni las garantías fundamentales, tal como lo ha recordado la Corte Suprema en el fallo “Tommasi”, otro caso en el que se exhibió una total arbitrariedad en el juzgamiento de civiles en esta clase de delitos. Asistimos a un claro interés del Estado por construir y perseguir un delito abusando de su poder punitivo, en grave colisión con las garantías constitucionales y el Estado de Derecho.

Resulta incomprensible en términos jurídicos la diferencia de criterios a la hora de juzgar la responsabilidad de los comandantes de la junta militar, no en orden al ejercicio del poder administrador de gobierno, sino al dictado de órdenes emitidas para el combate contra el terrorismo. A tal punto llega la arbitrariedad que Smart ha sido condenado por hechos por los que se absolvió a Jorge Rafael Videla y a Roberto Viola, integrantes de la Junta militar del gobierno de facto, y a Ramón Camps y Ovidio Ricchieri.


(Fuente: pacificacionacionaldefinitiva.blogspot.com - akifrases.com)

Debiera ser prioritario para una sociedad preservar su sistema judicial de nefastas injerencias, asegurando para todos el derecho al debido proceso, a plazos razonables de juzgamiento, al principio de cosa juzgada y a la exactitud en el encuadre de los delitos, incluidos los considerados de lesa humanidad, para evitar toda discrecionalidad ideológica o inconcebible parcialidad.

Insistir en reformar la Justicia para asegurarse impunidad al mismo tiempo que se violan las normas detrás de un discurso ideológico revanchista es atentar contra el Estado de Derecho

Fuente: lanacion.com.ar (27/10/2022)
..........................................
¡¡Una reflexión más!! - "La brecha entre la Sociedad y la Justicia"
Nuestra Justicia persiste atravesada por un problema estructural, porque nunca terminó de pensarse de cara a su función esencial: solucionar conflictos.
Es disfuncional, porque se consagró a tejer estrategias políticas, este híbrido que es hoy nuestra (in)Justicia tiene sus dos rostros:
una hermana pobre, que es la Justicia penal que lidia con el delito común, aquel que atenta contra la vida y la seguridad de las personas;
la otra hermana rica (que también es la Justicia penal) pero que lidia con la corrupción, con las “grandes causas” en cuyo campo de juego las grandes ligas dirimen la distribución del poder

“DIKÉ”, en la mitología griega es la Diosa de la Justicia, hija de Zeus/Júpiter y Temis, tiene como hermanas a Irene (la paz) y Eunomía (la legalidad o el orden). Las tres, también conocidas como Las Horas, representan los valores que sustentan la convivencia y crean el bienestar entre los hombres. Se les reconoce como diosas del equilibrio y la armonía vitales, siendo las encargadas de abrir y cerrar las puertas del Olimpo, presidir las bodas de los dioses y las vidas de los hombres (Fuente: borderperiodismo.com)

Esas grandes ligas se venden al mejor postor, su oferta son los jueces amigos del gobierno de turno que les aseguran la impunidad durante el tiempo necesario con la intención de que, quien les ha conferido el poder, se mantenga en el mismo, dado que las causas se prolongan indefinidamente, a los funcionarios se les dicta falta de mérito; o son sobreseídos, o son absueltos antes de que abandonen el poder.
El olvido es hijo del tiempo” y la sociedad civil suele olvidar porque a menudo piensa que “lo público no es de nadie, pero es de todos!”

El divorcio entre la ciudadanía y la Justicia avanza en el día a día: la pérdida de credibilidad crece cuando ésta insiste en cambiar los hechos; por poner apenas un ejemplo, adviértase que más de un tribunal intentó eliminar el instituto de la reincidencia, escudándose en que “nadie puede ser castigado dos veces por el mismo delito”.
Pero la lógica del ciudadano común es tozuda, y razona en que si alguien roba dos veces o mata a dos personas, no es el mismo hecho. Y así como si yo no pago la luz dos meses seguidos, me obligan a pagar los punitorios por los dos meses adeudados, análogamente si un delincuente roba o mata dos veces, el ciudadano raso cree que debe “pagar doble”, de testarudo nomás, o porque por más que se fuerce judicialmente travestir los hechos, los hechos preceden al derecho, y el derecho no se puede desentender de la realidad, de lo que es. ¡Los hechos, perseverantes, se imponen!

El derecho sólo es útil socialmente si está involucrado con la moral colectiva, esta crisis estructural se explica, en parte, por el positivismo jurídico que orienta las decisiones de los jueces; por poner otro ejemplo, cuando se produce un homicidio, no se viola meramente una norma, tal como afirma el positivismo, se arranca una vida, con su historia y sus proyectos, de allí la necesidad de regresar al realismo jurídico, en cuyo marco imperan el sentido común y los valores sostenidos por la comunidad.
¡En vistas a este fin, la tecnocracia judicial debe respetar el compromiso democrático con el sistema de creencias vigente que anhela un orden institucional al servicio de la sociedad!

La urgencia de nuestro tiempo nos exige una forma diferente de ejercer la política, construyendo un nuevo paradigma con dos vertientes:
- por un lado, una que combata la impunidad, tanto de las “grandes causas” como de las “menores” a las que nos someten aquellos que viven al margen de la ley;
- por el otro, encarar un desafío colectivo que exija el “rediseño” del funcionamiento de la Justicia, dotándola de jueces, fiscales y defensores capaces de reconciliar la ley con lo justo, lo legal con lo legítimo.
¡Estamos a tiempo! no prolonguemos más esta situación porque es necesario mantener la República 

                                                   Alegoría de la República (Fuente: ar.pinterest.com)

No hay comentarios:

Publicar un comentario