viernes, 10 de julio de 2020

La justicia falló nuevamente sobre la inconstitucionalidad de que el personal retirado de las FFAA y FFSS paguen el impuesto a las ganancias

La sentencia fue dictada en el ámbito de la CABA
Por Tiempo Militar

Se trata de Expte Nº13504/2013 caratulado: "Donaire, Ricardo y otros c/ EN - Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad"
En estos fallos personal en situación de retiro de la PFA se presentaron ante la justicia solicitando la inconstitucionalidad de la Retención del Impuesto a las Ganancias. El juzgado les da la razón y condena a la Caja de la Policía Federal Argentina a abstenerse en practicar las retenciones en materia de ganancias sobre los haberes de Retiro

El otro punto interesante es que la Sentencia reconoce un plazo de prescripción de 5 años, esto significa que el Estado Nacional deberá restituir los montos retenidos inconstitucionalmente desde 5 años hacia atrás, desde el momento de interposición de la demanda.En otros fallos (tribunales de Río Cuarto, Córdoba, Esquel, etc...) la restitución era desde la fecha de interposición de la demanda.

Esto vuelve a ratificar el criterio de los Tribunales inferiores quienes siguen la doctrina de la Corte Suprema ("Garcia, Maria Isabel"), que fundamenta los reclamos.
Hoy, los Juzgados continúan con la feria judicial extraordinaria.

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