martes, 17 de agosto de 2010

A 36 años de incio de un calvario

A 36 años del inicio de un Calvario: “Ataque a la Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos Villa María ( Cba.). El secuestro de Larrabure”
Publicado en Nacionales |
• -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Periodismo de Verdad: 11 de agosto de 2010

El 12 de agosto de 1974, los titulares de todos los diarios del país hablaban de dos ataques extremistas contra unidades del Ejército: la Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos de Villa María, Córdoba, y el Regimiento de Infantería Aerotransportada Nº 17, en Catamarca.
Aproximadamente a la una de la madrugada del día domingo 11 de agosto, un numeroso grupo de guerrilleros armados del ERP había atacado la Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos. Dicho grupo subversivo estaba constituido por setenta personas, entre hombres y mujeres, fuertemente armados, vistiendo uniformes militares. Llevaban en su cuello un pañuelo colorado, único detalle que los distinguía de los soldados del Ejército Nacional.
El grupo subversivo marxista contó con la complicidad de un soldado entregador, Mario Eugenio Antonio Pettiggiani, que prestaba servicios en la citada fábrica.
En la acción se apoderaron de armamentos, municiones y uniformes militares, tomando como rehenes a mi padre Mayor Argentino del Valle Larrabure, y al Capitán Roberto García. Intentaron hacer lo mismo con el director de la fábrica, el Teniente Coronel Osvaldo Jorge Guardone, quien repelió el ataque desde su casa, con un intercambio de más de cincuenta disparos de armas largas, lo que motivó la fuga del grupo atacante. Al huir llevaron consigo el cuerpo sin vida de un guerrillero, varios heridos, a mi padre y al capitán García, quien fue posteriormente abandonado y encontrado gravemente herido dentro de una ambulancia, en la cuidad capital de Córdoba.
En las acciones perdió la vida el suboficial Cuello, de la policía de Córdoba, que tenía 32 años, era casado y padre de un hijo; le habían disparado con municiones de escopeta. Resultaron heridos los agentes Pedro Aguilera, Juan Carlos Gutiérrez y Juan Bruno, el oficial de la policía Miguel Ángel Liendo, el suboficial mayor del Ejército Ramón Albornoz, el oficial policial Miguel Ángel Moral y el soldado conscripto Juan Carlos Fernández, con heridas graves en la cabeza y en el tórax.
Todos ellos fueron heridos durante los enfrentamientos registrados en el copamiento de la Fábrica Militar y en un motel cercano, donde los guerrilleros constituyeron su cuartel general de operaciones. El resultado en la fábrica arrojaba cuatro soldados heridos.
Alrededor de la una de la madrugada, Pettiggiani cortó el alambrado, para permitir el ingreso del grupo comando terrorista. Mientas realizaba esta tarea fue visto por un centinela compañero suyo, ante quien disimuló acercándose amigablemente y pidiéndole que le convidara con un cigarrillo. Cuando el centinela intentó sacar el paquete, Pettiggiani lo redujo en el puesto principal de guardia.
Reducido éste, se dirigió hacia otro puesto de guardia, donde estaba apostado el soldado Jorge Fernández. Al intentar someterlo, éste se resistió y Pettiggiani, con total frialdad hacia su compañero, disparó sobre él, hiriéndolo gravemente en la cabeza y en el tórax.
Fernández fue, posteriormente, internado en el Hospital Militar de Córdoba, con pronóstico reservado en terapia intensiva. Según informe médico, al ingresar al hospital presentaba dos balazos en la cabeza, con pérdida de masa encefálica y un balazo en hemitórax. Tiempo después, Fernández pudo recobrar el conocimiento, pero quedó afectado de hemiplejia.
Pettiggiani dejó, entre sus pertenencias militares, una carta en la que hacía pública su identificación con el grupo ilegal, explicando a sus compañeros los motivos que lo habían impulsado a actuar de esa forma.
Mientras tanto, la policía llegaba al motel y los terroristas ordenaban a los rehenes apagar todas las luces y arrojarse al suelo. Un grupo de policías golpeó a puntapiés una de las puertas de acceso al motel y otros intimaron a “salir con las manos en alto”. Esto no mereció respuesta por parte de los guerrilleros, que optaron por comunicarse con quienes ya estaban en la Fábrica Militar. Al rato, llegaron en un camión los extremistas que habían copado la fábrica, tomándolos por sorpresa y dominándolos después de un tiroteo.
Es aquí cuando muere el cabo Marcelino Cuello y los otros policías mencionados. Uno de los policías relató que “en seguida nos dominaron y nos tomaron prisioneros, aplicándonos culatazos y puntapiés,
luego de lo cual nos encerraron en una habitación del motel, colocándonos boca abajo y con las manos sobre la cabeza”. Cerca de las dos de la mañana entró al motel quien parecía ser el jefe máximo y dijo a todos: “Cierren los ojos, no miren. El operativo ha terminado, después de esperar media hora podrán salir del motel”.
En ese horario los guerrilleros se daban a la fuga con los vehículos robados en la fábrica. Cargaron en ellos a los extremistas que estaban en el motel y huyeron. Finalmente se dispersaron en diferentes direcciones, mientras en un camión llevaban el armamento
Según testigos, todo el operativo extremista habría durado aproximadamente unas cinco horas desde su inicio. En los lugares que fueron tomados por los guerrilleros quedaron pintadas leyendas de la organización ilegal ERP.
La planta militar fue visitada, a las cinco de la mañana, por el comandante del III Cuerpo de Ejército, general Ernesto Federico Della Croce, quien se interiorizó del hecho.
A primeras horas de la mañana, en la ciudad de Córdoba, en la avenida Colón al 2500, fue encontrado en una ambulancia el capitán Roberto García, herido de gravedad. Fue internado de inmediato en el Hospital Aeronáutico de dicha ciudad y operado de urgencia, ya que presentaba diez impactos de bala en el abdomen y otras lesiones (fracturas y contusiones en ambas piernas).
De mi padre, a pesar del despliegue de las fuerzas policiales y militares en diversos operativos de búsqueda, nada se sabía. Como alguien dijo, “comenzaría esa madrugada del 11 de agosto de 1974 el peor de los cautiverios cometido a un militar argentino”.
En los operativos de búsqueda de los extremistas se logró interceptar a un automóvil Fiat en el que viajaban dos de ellos. Tras una breve persecución, el vehículo volcó a la altura de Alta Gracia, al dirigirse al Valle de Calamuchita. Iba a muy alta velocidad. Con el fuerte impacto, falleció el médico cordobés Jose Luis Buscaroli, quien según se afirma estaba vinculado a la farmacéutica María Bolatti de Irurzún, detenida el viernes 9 de agosto en su domicilio.
Este guerrillero muerto era una figura importante dentro de la organización y viajaba junto a otro hombre, quien había llegado desde Tucumán para participar en el hecho. Éste, ante su detención, manifestó ser integrante del grupo extremista y haber recibido la suma de $ 250.000 por su participación. En su poder se encontraron armas y la cantidad de dinero mencionada. Si bien la información oficial consigna que el detenido en Alta Gracia es de apellido Fernández, de acuerdo con la documentación secuestrada en su poder, se trataría del tucumano Manuel Alberto González, alias “el pelado” o “Joaquín”, con domicilio en el ex ingenio “San José” y que, en abril de 1971, ya había sido detenido en las inmediaciones del ex ingenio “Santa Lucía”, junto con el extremista Simón Gargiulo.
Buscaroli estaba siendo intensamente buscado por la policía, pues se sabía que había residido en una finca de la seccional X de la capital cordobesa, donde fuera detenida la mencionada farmacéutica Bolatti de Irurzún. Entonces se había impartido la orden de detención del marido de esta profesional y de la esposa de Buscaroli, Mirta del Carmen Gallegos, quienes estaban prófugos.
En los diarios se menciona el hecho de que el coche en el que viajaba el médico Buscaroli había sido robado en Villa María. Los diarios también asocian a este médico con el copamiento de la unidad militar de Azul, ocurrida en enero de ese mismo año, donde el teniente coronel Roberto Ibarzábal había sido secuestrado y continuaba en dicha situación.
Al mismo tiempo, en la fábrica militar, los guerrilleros, con la complicidad del ya citado conscripto Mario Pettiggiani, se dirigieron, primero, hacia un grupo de viviendas, en cuyas cercanías estaba el depósito pde armas y municiones. Aprovecharon que la mayoría del personal de la fábrica y sus familiares estaban reunidos ese sábado en el casino de oficiales, ya que se despedía y se daba la bienvenida a rofesionales que se incorporarían.
Tras apoderarse de una cantidad importante de armas, los extremistas se dirigieron al casino con la evidente intención de reducir a la oficialidad allí pre sente. El intento fue resistido por el personal de guardia en el edificio central, originándose un tiroteo.
La intensidad del fuego de los efectivos militares obligó a los atacantes a replegarse.
Ya en plena retirada, el hecho de que los guerrilleros vestían uniformes militares confundió a un grupo de soldados conscriptos, permitiendo que los extremistas pudieran secuestrar a mi padre y al capitán García.
Fracasaron, en cambio, en el intento de llevarse al director, el teniente coronel Osvaldo Jorge Guardone, porque el mismo se hallaba en su casa afectado de gripe y, por tal motivo, no había asistido a la reunión social. Sin embargo, Tita, su mujer, había concurrido a la fiesta. Siendo medianoche, mis padres la acompañaron caminando hasta su casa que quedaba enfrente del casino, al lado de la mía.
Cuando los extremistas intentaron llegar hasta su casa, el militar, armado con un fusil automático, disparó contra sus atacantes.
Otro grupo de guerrilleros se dirigió a la parte posterior de la casa para sorprenderlo, pero su señora, armada con una pistola 11.25 y la empleada, impidieron valerosamente la entrada de los agresores.
Finalmente, los guerrilleros decidieron retirarse, llevándose un muerto y algunos heridos.
Los militares que estaban en la reunión del casino no se encontraban armados en el momento de ser secuestrados.
El operativo había comenzado en la tarde del sábado 10 de agosto, cuando los extremistas llegaron al motel llamado “Pasatiempo”, situado a un kilómetro de la Fábrica Militar. Diversas parejas fueron
instalándose en las habitaciones. Evidentemente, eran guerrilleros que comenzaban a desplegar su plan de acción. Cerca de la medianoche coparon el lugar y se vieron reforzados con otros contingentes,
montando allí una central de operaciones e instalando un equipo de radio mediante el cual dirigían el operativo.
Una vez tomado el motel por los extremistas jóvenes, llegaron más tarde tres subversivos de mayor edad, sus jefes, que comenzaron a impartir órdenes a través de los equipos transmisores.
Según testigos del copamiento del motel, los pasajeros que se encontraban en el mismo a esa hora fueron obligados a concentrarse en una de las habitaciones, mientras los guerrilleros les entregaban ejemplares de su publicación clandestina para que los leyeran durante el tiempo que durara el copamiento del motel.
Minutos antes de la una partieron numerosos extremistas hacia la fábrica, sumándose a otros que permanecían afuera, mientras que desde el motel actuaba el “estado mayor” del ejército guerrillero.
Se calcula que, aproximadamente, 60 guerrilleros ingresaron a la fábrica, 15 guerrilleros tomaron el motel “El pasatiempo” y 15 habrían actuado como apoyo táctico en el exterior de la fábrica.
Según el relato de un taxista de apellido Guzmán que a las 23:00 horas llevó a una pareja al motel y fue apresado por los guerrilleros, el trato fue correcto. Se les explicó que realizaban un “operativo revolucionario” y después les sirvieron gaseosas y sandwiches.
Los guerrilleros empuñaban armas automáticas y llevaban cinturones con proyectiles. Entre ellos se llamaban con nombres como “Carlos”, “Jorge” o se decían “hermano”. En un momento se oyeron dos balazos, que fueron efectuados contra una pareja que llegó al motel en un automóvil y se alejó al notar algo sospechoso en el lugar. “Los balazos no les hicieron perder la calma”, relató Guzmán. Uno de ellos, que estaba afuera, entró e informó al que parecía su jefe: “Se me disparó una pareja y puede ir a avisar a la policía”. El jefe del grupo le respondió: “Dejá que venga la policía, los vamos a recibir bien”. Mientras tanto, los guerrilleros se comunicaban con el exterior utilizando radiotransmisores.
Agradecemos el envío al Dr. Arturo Larrabure

domingo, 8 de agosto de 2010

Aumento de Sueldo -

PRESIDENCIA DE
LA NACION
Buenos Aires, viernes 6 de agosto de 2010
Año CXVII
Número 31.960
Sumario
DECRETOS
FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
883/2010
Fíjase el haber mensual para el personal....................................................................................
1 FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Decreto 883/2010
Fíjase el haber mensual para el personal.
Bs. As., 17/6/2010
VISTO la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, su reglamentación y sus modificaciones, los Decretos
Nros. 1082/73 y 1009/74 por los cuales se hizo extensiva para la GENDARMERIA
NACIONAL y la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA la citada reglamentación, la Ley Orgánica
del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Nº 20.416, la Ley para el Personal de
la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Nº 21.965 y sus respectivas reglamentaciones, la Ley
Nº 26.102 de Seguridad Aeroportuaria y los Decretos Nros. 836 del 19 de mayo de 2008 y
1190 del 4 de septiembre de 2009 por los que se aprobaron los Regímenes Profesionales
del Personal Policial y Civil de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el Decreto
Nº 1088 del 5 de mayo de 2003 por el que se aprobó el Estatuto para el Personal de la
SECRETARIA DE INTELIGENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y para el Personal
Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, el Decreto
Ley Nº 5177 del 18 de abril de 1958 por el que se aprobó el Estatuto de la POLICIA DE
ESTABLECIMIENTOS NAVALES, sus modificaciones y su reglamentación y los Decretos
Nros. 1081/05 y 894/10, y
CONSIDERANDO:
Que con el propósito del Gobierno Nacional de reconocer y mantener una adecuada jerarquización
en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que la correcta ejecución
de la actividad de los integrantes de los regímenes citados precedentemente exige,
resulta necesario actualizar las escalas salariales vigentes.
Que la medida propiciada se inscribe en un marco de prevención de las relaciones jerárquicas
dentro y entre los distintos grados que componen la estructura escalafonaria de las
jurisdicciones de que se trata.
Que, por otra parte, mediante el Decreto Nº 894/10 se estableció una compensación al
personal retirado y pensionista de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, del Servicio Penitenciario
Federal y del Régimen del Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de
Inteligencia de las Fuerzas Armadas comprendidos en el Decreto Nº 1088/03, destinada a
otorgar al mismo los criterios generales que surgen de la Ley Nº 26.417 para la movilidad de
las prestaciones del régimen previsional público.
Que a través del incremento del haber mensual que se otorga por la presente medida se
vuelve a actualizar el sistema de movilidad que corresponde a los retirados y pensionistas
de los mencionados regímenes, razón que impone una ordenada articulación de la normativa
vigente con el objeto de que, dicho segmento de personal, quede considerado en un
marco de equidad con el resto de los integrantes del esquema general de movilidad.
Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO
ha tomado la intervención que le corresponde.
Que los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS han tomado las intervenciones que
les corresponden.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99,
incisos 1 y 12 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Fíjase, a partir del 1º de julio de 2010 y del 1º de agosto de 2010, el Haber Mensual
del Personal Militar de las Fuerzas Armadas establecido por el Anexo I del Decreto Nº 1081/05,
conforme los importes que para las distintas jerarquías se detallan en los Anexos I y II, respectivamente,
que forman parte del presente decreto.
Art. 2º — Fíjase, a partir del 1º de julio de 2010 y del 1º de agosto de 2010, el Haber Mensual
para el personal de la GENDARMERIA NACIONAL, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, del
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA conforme los importes
que para los distintos grados y jerarquías se detallan en los Anexos III y IV; V y VI; VII y VIII; y
IX y X, respectivamente, que forman parte del presente decreto.
Art. 3º — El Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas
Armadas incrementará su remuneración base, a partir del 1º de julio y del 1º de agosto de 2010, de
conformidad con las disposiciones del artículo 28 del Estatuto para el Personal de la Secretaría de
Inteligencia de la Presidencia de la Nación y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos
de Inteligencia de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto Nº 1088 del 5 de mayo de 2003.
Art. 4º — Fíjase, a partir del 1º de julio de 2010 y del 1º de agosto de 2010, el Haber Mensual
para el personal de la POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES conforme los importes que para
los distintos grados y jerarquías se detallan en los Anexos XI y XII, respectivamente, que forman parte
del presente decreto.
Art. 5º — Increméntase en un DIEZ POR CIENTO (10%), a partir del 1º de julio y del 1º de
agosto de 2010, respectivamente, para el Personal Policial de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
comprendido en el régimen del Decreto Nº 836/08 los importes correspondientes a los
Anexos 3, 4, y 5 los que forman parte del presente decreto como Anexos XIII y XIV.
Art. 6º — Increméntase en un DIEZ POR CIENTO (10%), a partir del 1º de julio y del 1º de agosto
de 2010, respectivamente, para el Personal Civil de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
comprendido en el régimen del Decreto Nº 1190/09 los importes correspondientes a los Anexos
5 y 6 los que forman parte del presente decreto como Anexos XV y XVI.
Art. 7º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto será
atendido con los créditos correspondientes a las jurisdicciones respectivas del Presupuesto General
de la Administración Pública Nacional.
Art. 8º — Facúltase a la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR
PUBLICO a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que resultaren
pertinentes para la aplicación de la presente medida.
Art. 9º — Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuar las modificaciones presupuestarias
necesarias destinadas a financiar el gasto que demande la aplicación del presente
Decreto, a cuyo efecto los titulares del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE JUSTICIA,
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS realizarán las estimaciones pertinentes e impulsarán, a través
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la instrumentación de las mismas.
Art. 10. — El importe correspondiente a la compensación dispuesta por el Decreto Nº 894/10 se
considerará comprendido en el incremento que perciban los retirados y pensionistas de las Fuerzas
Armadas y de Seguridad en virtud de lo dispuesto en los artículos pertinentes del presente decreto,
en la medida que este último iguale o supere las pautas establecidas, y que se establezcan para el
presente ejercicio, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº 26.417.
Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Nilda Garré. — Amado Boudou.
— Julio C. Alak.

Mensaje del General GIULIANO

Estimados Camaradas: En la noche del martes pasado tuve oportunidad de compartir con Estremero, varias horas con familiares de detenidos políticos (nuestros camaradas) que pedían una audiencia con la Ministro y en forma conjunta con los JJEEMM, para denunciar la grave situación por la que están pasando, muchos de ellos fallecidos en cautiverio. Luego de un largo día de reclamos, fueron desalojadas del edificio por orden del Juez Canicoba Corral. Decidieron continuar a la intemperie en la Plaza de Armas, debajo de un Ombú, el frío era intenso, permanecían entumecidas y sin baños dispuestas a seguir hasta que la Ministro las atendiera. En la mañana de ayer se volvieron a encadenar, hasta que finalmente por la tarde les comunicaron que no serían recibidas, decidieron entonces continuar la acción por otras vías. El ejemplo de coraje y determinación que nos dieron es en verdad conmovedor y un fuerte mensaje para todos, Mientras estaba con ellas, pensé mucho en RENES, ZIRPOLO y GAGLIARDI en especial en ARENAS que falleció en cautiverio. Espero que no se sientan solos porque no los hemos abandonado. Finalmente, el hecho tuvo repercusión internacional, el Mundo debe saber que hay un Régimen en la Argentina que encarcela a ciudadanos por motivos políticos, igual que en Cuba. Los abrazo GIULIANO. -
NOTA: LEY NACIONAL 26.032:
Este correo electrónico fue emitido en la República Argentina, en concordancia con las libertades constitucionales establecidas en esta ley. El contenido del presente mensaje es privado y exclusivo para mis destinatarios, pudiendo contener información protegida por normas legales y de secreto profesional. Bajo ninguna circunstancia su contenido puede ser transmitido o revelado a terceros ni divulgado en forma alguna sin mi expreso conocimiento o de manera que mis datos figuren en el mensaje de re-envío.

En consecuencia de haberlo recibido por error, solicito contactarme y eliminarlo de su correo.

Por favor, si va a reenviar, asegúrese de BORRAR TODAS LAS DIRECCIONES DE E-MAIL VISIBLES y utilice el campo "CCO" o "BCC" para escribir las direcciones de VARIOS destinatarios. De esta manera se evita que todos conozcan las direcciones del resto de la lista. Así no alimentamos a los spammers, hackers y espías.